Xataka México
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Integrantes de los pueblos mayas y comunidades indígenas de Quintana Roo deberán retirar de sus festividades religiosas y culturales las peleas de gallos y los eventos taurinos, cuya práctica está prohibida en la Ley de Protección y Bienestar Animal.

Jueces y magistrados federales establecieron que la legislación no contraviene el orden público ni el interés social, y que está por encima de un interés particular afectado, pues cualquier «ser vivo sintiente» no puede escapar de la máxima protección del Estado, al estar en peligro la integridad de quienes no están en capacidad de decidir de manera autónoma sobre su destino.

Por su parte, los quejosos pidieron al juzgado federal «mantener las cosas en el estado que guardaban hasta antes de la ilegal emisión del acto reclamado», ya que su aplicación impacta en sus usos y costumbres, además en los ingresos económicos de sus familias.

El magistrado Jorge Mercado Mejía, ponente del Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito de Quintana Roo, recordó que actividades como las peleas de gallos no encuentran cobertura en el derecho a participar en la vida cultural, pues si bien no se podían considerar que vulneraran la Constitución no implicaba tampoco que debían ser protegidas como una expresión cultural.

Destacó que «la cultura no es admirable por ser tradicional, sino tan solo cuando es portadora de valores y de derechos que sea compatible con la dignidad humana con el respeto mutuo que nos debemos los seres humanos».

De ahí que al negarse el reclamo dejó en claro que una actividad tradicional o cultural «no puede estar por encima del principio del interés de la sociedad, como es la preservación y protección del medio ambiente», un derecho humano tutelado por la Constitución General.

Lo anterior incluye que «toda persona tiene un deber ético y obligación jurídica de respetar la vida y la integridad de los animales, aún si el maltrato es catalogado como una expresión cultural».

HOY NOVEDADES/QUINTANA ROO