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Luego de que el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT) aprobó la ley para que se dé de baja y multe a los usuarios de celulares que no registren su huella dactilar, facial e iris en sus listas, un juez otorgó el primer amparo contra dicha medida.

Juan Pablo Gómez Fierro, juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, le brindó a un particular el primer recurso provisional para no entregar los datos anteriores al PANAUT.

La medida cautelar «es para el efecto de que no se aplique al quejoso la obligación establecida en la norma reclamada consistente en registrar su línea telefónica móvil en el PANAUT y, en consecuencia, no le sea cancelada por su falta de registro».

La ley fue aprobada el pasado 14 de abril por el Senado, misma que obliga a los 122 millones de usuarios de celulares a darse de alta y registrar sus datos biométricos (huella dactilar y facial, así como el iris de los ojos). Los usuarios que se nieguen a hacerlo verán cancelada su línea y serán acreedores a una multa.

El PANAUT también sabrá la fecha y hora de la activación de la línea adquirida en la tarjeta SIM, así como el nombre completo del usuario o la denominación o razón social del mismo.

La intención de registrar los datos biométricos en el PANAUT es constitucionalmente legítima y busca facilitar la investigación y persecución de delitos mediante la creación de una base de datos con los titulares de una línea telefónica móvil.

Los datos requeridos se compartirán con las autoridades competentes en materia de seguridad y justicia en asuntos relacionados con la comisión de delitos.

Sin embargo, para el juez, aunque la intención es constitucional, no se advierte una relación directa o causal entre la existencia de ese padrón y una mejor investigación y persecución de los delitos, por lo que el fin perseguido no necesariamente será mayor que la afectación a los derechos mencionados previamente.

HOY NOVEDADES/CDMX